ASTM D6400-23 Especificación estándar para el etiquetado de plásticos destinados al compostaje aeróbico en instalaciones municipales o industriales

ASTM D6400-23 Especificación estándar para el etiquetado de plásticos destinados al compostaje aeróbico en instalaciones municipales o industriales

La norma "ASTM D6400-23 Especificación estándar para el etiquetado de plásticos diseñados para compostaje aeróbico en instalaciones municipales o industriales", desarrollada por la Sociedad Estadounidense para Pruebas y Materiales (ASTM), describe los requisitos para los plásticos y productos fabricados con plásticos diseñados para ser compostados en condiciones aeróbicas en instalaciones de compostaje aeróbico municipales e industriales donde se proporcionan condiciones termófilas.

ASTM D6400-23 Especificación estándar para el etiquetado de plásticos destinados al compostaje aeróbico en instalaciones municipales o industriales

Esta norma tiene como objetivo establecer requisitos para el etiquetado de materiales y productos, incluidos los embalajes de plástico, como compostables en instalaciones de compostaje aeróbico municipales e industriales.

Las especificaciones de esta norma son las necesarias para determinar si los productos finales (incluidos los embalajes) que utilizan plásticos y polímeros como revestimientos o aglutinantes se compostarán satisfactoriamente en instalaciones de compostaje aeróbico municipal o industrial a gran escala. La máxima eficiencia es una alta prioridad para los compostadores, y las etapas intermedias de la descomposición y biodegradación del plástico no son visibles para el usuario final por razones estéticas.

La advertencia de peligros de seguridad descrita en esta norma se relaciona con la sección de métodos de prueba de esta norma. Esta norma no pretende abordar todas las preocupaciones de seguridad, si las hubiera, con respecto a su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas adecuadas de seguridad, salud y medio ambiente y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso.

Esta norma es equivalente a la norma “ISO 17088 Plásticos - Reciclaje orgánico - Especificación para plásticos compostables”.

A menos que se indique lo contrario, los términos y definiciones utilizados en esta norma están incluidos en la norma "ASTM D883-00 Terminología estándar para plásticos". Además, se aplican las siguientes definiciones:

  • El plástico biodegradable se refiere al plástico degradable en el que la degradación se produce a través de la acción de microorganismos naturales como bacterias, hongos y algas.
  • El plástico compostable se refiere al plástico que se descompone mediante procesos biológicos durante el compostaje, produciendo dióxido de carbono, agua, compuestos inorgánicos y biomasa a un ritmo consistente con otros materiales compostables conocidos y sin dejar residuos visibles, perceptibles o tóxicos.
  • El compostaje se refiere al proceso controlado de la descomposición biológica y la transformación de materiales biodegradables en una sustancia similar al humus llamada compost. Este proceso se refiere a la degradación aeróbica mesófila y termófila de la materia orgánica para elaborar compost y la transformación de material biodegradable mediante un proceso de biooxidación controlado que pasa por las fases mesófila y termófila y da como resultado la producción de dióxido de carbono, agua, minerales y materia orgánica estabilizada (compost o humus).
  • El plástico degradable se refiere a un plástico que está diseñado para experimentar un cambio significativo en su estructura química bajo ciertas condiciones ambientales. Esto produce una pérdida de propiedades medidas mediante métodos de prueba estándar apropiados para el plástico y su aplicación durante un período de tiempo que determina su clasificación.
  • El plástico es un material que contiene una o más sustancias poliméricas orgánicas de gran peso molecular como componente principal, que es sólido en su forma final y que puede moldearse por flujo en alguna etapa durante su procesamiento o transformación en productos terminados.
  • Un polímero es una sustancia compuesta por moléculas caracterizadas por la repetición de uno o más tipos de unidades monoméricas (ignorando extremos, conexiones ramificadas y otras irregularidades menores).
  • Los sólidos orgánicos volátiles son la cantidad de materia orgánica presente, determinada como la diferencia entre la masa seca de la muestra de prueba y la masa restante después de la quema a 550 grados respecto a la masa seca de la muestra de prueba.

Para que un producto o material pueda compostarse satisfactoriamente, debe exhibir cada una de las características definidas y cuantificadas en esta norma. Un producto o material plástico se descompone durante el compostaje de modo que cualquier residuo plástico restante no pueda distinguirse fácilmente de otros materiales orgánicos en el producto terminado. Además, el material o producto no debe estar presente en cantidades significativas durante la selección previa a la distribución final del compost. El nivel de biodegradabilidad de los productos plásticos se determina mediante pruebas en condiciones controladas.

Los materiales probados no deben afectar negativamente la capacidad del compost para sustentar el crecimiento de las plantas en comparación con el compost derivado de residuos biológicos sin la adición del producto probado o materiales de referencia. Además, los productos o materiales poliméricos no deben introducir niveles inaceptables de metales regulados o sustancias peligrosas en el medio ambiente durante la descomposición de la muestra.

Nuestra organización cuenta con un personal sólido que sigue de cerca los avances en el campo de la ciencia y la tecnología en el mundo y se mejora constantemente. Entre los numerosos estudios de ensayo, medición, análisis y evaluación que se prestan a empresas de diversos sectores, se encuentran también los servicios de ensayo conforme a la norma “ASTM D6400-23 Especificación estándar para el etiquetado de plásticos destinados al compostaje aeróbico en instalaciones municipales o industriales”.

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