NSF/ANSI/CAN 60 Sustancias químicas para el tratamiento del agua potable: efectos sobre la salud

NSF/ANSI/CAN 60 Sustancias químicas para el tratamiento del agua potable: efectos sobre la salud

La norma “NSF/ANSI/CAN 60 Productos químicos para el tratamiento de agua potable: Efectos sobre la salud”, desarrollada conjuntamente por la National Sanitation Foundation (NSF) y el American National Standards Institute (ANSI), describe los requisitos para el transporte y la entrega de productos químicos para el tratamiento de agua potable.

NSF/ANSI/CAN 60 Sustancias químicas para el tratamiento del agua potable: efectos sobre la salud

Esta norma es supervisada y actualizada periódicamente por un comité conjunto compuesto en partes iguales por expertos en salud pública, usuarios finales y miembros de la industria.

Esta norma contiene requisitos sobre los efectos en la salud de los productos químicos para el tratamiento del agua potable añadidos directamente al agua y aquellos que están destinados a estar presentes en el agua tratada. Esta norma también incluye requisitos sobre los efectos en la salud de otros productos químicos que se añaden directamente al agua pero que no están destinados a estar presentes en el agua terminada.

Los productos químicos contemplados en esta norma incluyen, entre otros:

  • Productos químicos de coagulación y floculación
  • Productos químicos para ablandamiento, sedimentación, secuestro y ajuste del pH
  • Productos químicos para el control de la corrosión y las incrustaciones
  • Productos químicos de desinfección y oxidación
  • Diversos productos químicos de tratamiento
  • Diversos productos químicos para el suministro de agua

Reconociendo el hecho de que pueden estar presentes microorganismos autóctonos en el agua potable, los productos resultantes de la introducción deliberada de microorganismos para el tratamiento del agua potable están fuera del alcance de esta norma. Además, los contaminantes producidos como subproductos como resultado de la reacción del producto químico de tratamiento con un componente del agua tratada están fuera del alcance de esta norma.

Los productos químicos o mezclas de productos químicos utilizados para los diversos fines analizados en esta norma, pero que no se mencionan específicamente, son aceptables siempre que cumplan con los requisitos de esta norma.

Para determinar el cumplimiento de las especificaciones de esta norma, se sigue la norma “ASTM E29-22 Práctica estándar para el uso de cifras significativas en datos de prueba para determinar el cumplimiento de las especificaciones”. Cuando se redondean los datos, se utiliza el procedimiento de redondeo contenido en esta norma.

Para los efectos de esta norma, se aplican los siguientes términos y definiciones:

  • El resumen analítico es una lista de procedimientos analíticos, tanto clínicos como microbiológicos, seleccionados para determinar si un producto cumple con los requisitos de esta norma.
  • El término "del grifo" se refiere al punto de suministro de agua potable.
  • Una mezcla es un producto de tratamiento compuesto de dos o más productos químicos separados que no reaccionan entre sí.
  • Una licuadora es un fabricante que produce una mezcla física de dos o más ingredientes. La mezcla se puede diluir aún más con agua potable. La definición de licuadora se relaciona con mezclas físicas de ingredientes, no con productos químicos producidos por reacción química en procesos de mezcla.
  • Las instalaciones de transferencia a granel son una instalación donde un producto fuente se transfiere de un buque a granel a otro, con o sin almacenamiento intermedio del producto.
  • Un subproducto es un contaminante producido secundariamente a la producción del compuesto original.
  • Una cadena de custodia es un registro que documenta la existencia de control positivo y seguridad sobre un artículo, con refrendaciones u otras aprobaciones en cada etapa de la transición de la responsabilidad de control/seguridad.
  • Un stock químico es un almacén o suministro acumulado o disponible para la producción.
  • Un contaminante es cualquier sustancia física, química, biológica o radiológica presente en el agua. Un contaminante puede tener un efecto beneficioso o perjudicial sobre la potabilidad del agua.
  • Un diluyente es un fabricante que produce un producto que consiste en un producto único diluido con agua hasta una concentración específica.
  • Un aditivo directo es cualquier sustancia química o contaminante para el tratamiento del agua potable que se añade directamente al agua durante la producción de agua potable.
  • La dosis de evaluación es la concentración de un aditivo directo utilizado para evaluar las impurezas introducidas en el agua potable.

Los aditivos directos deben evaluarse y probarse de acuerdo con los Anexos A y B. La concentración permisible de un contaminante en un solo producto debe calcularse como se especifica en el Anexo A. Según las disposiciones de esta norma, un producto no debe aportar ningún contaminante al agua potable que exceda la concentración permisible del contaminante en un solo producto.

Según esta norma los aditivos directos son:

  • El propio producto de tratamiento o suministro de agua
  • Contaminantes específicos del producto enumerados en cada sección de producto de esta norma
  • Otros ingredientes identificados en la revisión de la formulación

El fabricante deberá proporcionar al menos la siguiente información para cada producto:

  • El nivel máximo de uso recomendado para el producto que sea coherente con los requisitos del Anexo A.
  • Información completa sobre la formulación que incluye:
    • Composición de la formulación (en porcentajes o partes en peso de cada químico de la formulación).
    • La mezcla de reacción utilizada en la producción de la sustancia química, si la hay.
    • El número de resumen químico (número CAS), el nombre químico y el proveedor de cada sustancia química contenida en la fórmula.
    • Lista de impurezas conocidas o sospechadas en la formulación química del tratamiento y el porcentaje máximo o partes en peso de cada impureza.
    • Fuente y tipo de agua utilizada en la producción del producto químico de tratamiento y, si corresponde, documentación existente sobre el monitoreo de la calidad de esta fuente de agua.
  • Una descripción o clasificación del proceso mediante el cual se fabrica, procesa y envasa el producto químico de tratamiento.
  • Se requieren espectros seleccionados (por ejemplo, UV/visible, infrarrojo) para algunos productos aditivos o sus componentes clave.
  • Una lista de estudios toxicológicos publicados y no publicados sobre el producto químico de tratamiento y los productos químicos e impurezas que contiene, cuando lo requiera el Anexo A.

Se revisa la información de formulación proporcionada por el fabricante y esta revisión identifica los contaminantes relacionados con la formulación que deben evaluarse, además de los analitos específicos del producto identificados en cada sección del producto.

Si el producto terminado contiene agua, se revisa la información de formulación proporcionada por el fabricante para determinar si la fuente de agua utilizada en la producción del producto terminado requiere pruebas.

Las fuentes de agua que requieren pruebas incluyen, entre otras: agua superficial sin tratar, agua subterránea sin tratar, agua de lluvia sin tratar y agua recolectada de otras fuentes sin tratar. Las pruebas de fuentes de agua incluyen los siguientes análisis: metales, compuestos orgánicos volátiles, detección de bases, neutros y ácidos, radionucleidos, herbicidas y pesticidas, y detección de dioxinas y furanos.

Nuestra organización cuenta con un sólido personal que sigue de cerca los avances en el campo de la ciencia y la tecnología en todo el mundo y se mejora constantemente. Entre los numerosos estudios de prueba, medición, análisis y evaluación que ofrecemos a empresas de diversos sectores, también se incluyen servicios de prueba de acuerdo con la norma “NSF/ANSI/CAN 60 Productos químicos para el tratamiento de agua potable - Efectos sobre la salud”.

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