NOM-003-SCFI Productos Eléctricos - Características de Seguridad

NOM-003-SCFI Productos Eléctricos - Características de Seguridad

La estructura de la norma “NOM-003-SCFI Productos eléctricos - Características de seguridad”, publicada bajo la Norma Oficial Mexicana (NOM), responde a la necesidad de cumplir con las especificaciones de seguridad para los productos eléctricos comercializados en los Estados Unidos Mexicanos, cuyas partes han sido definidas. Esta norma se refiere a las normas mexicanas vigentes, cada una de las cuales incluye características de seguridad dependiendo del uso previsto de los productos eléctricos.

NOM-003-SCFI Productos Eléctricos - Características de Seguridad

Esta norma especifica las características y dispositivos de seguridad que deben cumplir los productos eléctricos que se importen o comercialicen en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, para prevenir peligros a los consumidores y proteger sus bienes, evitar riesgos inaceptables de daño, prevenir el mal uso razonablemente previsible, con base en las características de uso de los productos, cuando su instalación, almacenamiento y utilización sean adecuados al fin al que se destinan, de conformidad con los principios que se establecen a continuación:

  • Protección contra los peligros que se originan en el propio producto eléctrico
  • Protección del producto eléctrico contra peligros que puedan producirse debido a factores externos.
  • Operación segura
  • Uso y almacenamiento de productos eléctricos, marcado y etiquetado

Para los propósitos de esta norma, se aplican las siguientes definiciones:

  • Los electrodomésticos son aparatos eléctricos utilizados para fines domésticos o similares, con o sin elementos calefactores, motorizados o accionados magnéticamente, que utilizan la red pública u otras fuentes de energía como pilas, acumuladores o autogeneración como fuente de energía eléctrica.
  • El aparato eléctrico se utiliza para los siguientes fines:
    • Permitir o impedir el flujo de energía eléctrica en instalaciones eléctricas.
    • Suministro de otros productos eléctricos o sistemas de control y señalización
    • Asegurarse de que otros productos o sistemas eléctricos estén conectados de forma segura a la fuente de alimentación
    • Formar parte de sistemas de señalización y secuencias operativas
  • Una condición de falla es una situación en la que un dispositivo de protección contra riesgos está defectuoso o se produce una falla que puede generar un peligro. Si una condición de falla conduce inevitablemente a una o más condiciones de falla, todas se consideran como una única condición de falla.
  • Los equipos de control y distribución son aquellos que, instalados en un sistema eléctrico, pueden realizar las funciones de protección (contra sobrecarga, sobreintensidad o sobretensión), control, distribución y automatización del propio circuito o de circuitos derivados de él.

Esta norma se aplica a los productos eléctricos que utilizan como fuente de energía la electricidad de servicio público y a los productos que utilizan otras fuentes de energía como baterías, acumuladores y autogeneración en corriente alterna o corriente continua, con una tensión nominal de hasta 1000 Voltios en corriente alterna y hasta 1500 Voltios en corriente continua. Si un producto eléctrico que cae dentro del alcance de esta norma también incluye funciones cubiertas por otras normas de seguridad aplicables, dichas normas de seguridad se aplican por separado para cada función.

Aunque no existe una norma de seguridad específica para los productos eléctricos, para su uso en todo tipo de actividades, incluyendo pero no limitándose a las profesionales, científicas e industriales, se deben seguir los requisitos, limitaciones y métodos de ensayo descritos en las normas aplicables especificadas en esta norma, cumpliendo con el uso previsto, funciones y condiciones de riesgo del producto.

Sin embargo, lo siguiente está fuera del alcance de esta norma:

  • Productos eléctricos o sus componentes que deben cumplir una norma de seguridad específica
  • Dispositivos utilizados en el transporte marítimo y aéreo
  • Dispositivos y equipos diseñados para su uso en lugares donde se dan condiciones especiales, como la presencia de atmósferas explosivas (polvo, vapor o gases).
  • Motores eléctricos por separado
  • Productos eléctricos exentos de las normas de producto específicas especificadas en esta norma
  • Fuentes de energía para soldadura por arco eléctrico y corte por plasma que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
    • Tener un motor de combustión interna
    • Tener una tensión de alimentación trifásica nominal
    • Tener un único voltaje de suministro nominal de 220 voltios o mayor
    • Tener más de un valor de voltaje de suministro que no incluya un voltaje de suministro monofásico de 127 voltios o inferior

Los requisitos generales descritos en esta norma tienen por objeto garantizar la seguridad de los consumidores contra los riesgos y daños que puedan surgir durante la utilización de productos eléctricos cuando éstos se utilizan, instalan y mantienen en las condiciones para las que fueron diseñados. Los requisitos generales aquí establecidos se verifican con las características especificadas en esta norma mediante un enfoque de riesgo basado en las características de uso de los productos.

Es obligatorio que los productos estén marcados para mostrar sus características técnicas básicas de acuerdo con su uso previsto y uso seguro. Las normas mexicanas a que se refiere el presente artículo y sus anexos determinan la información sobre las características técnicas básicas y dónde marcarlas, de acuerdo con el uso previsto y uso seguro del producto.

El nombre del fabricante o proveedor o la marca o marca comercial del fabricante deberá aparecer claramente en el producto.

Los productos eléctricos deben diseñarse y fabricarse para cumplir con la intención de esta norma. Para garantizar la protección del consumidor, la seguridad de los productos eléctricos debe abordar los riesgos resultantes de su uso previsto, teniendo en cuenta la funcionalidad del producto, incluidas sus propias condiciones de riesgo específicas, y los riesgos resultantes de influencias externas sobre el propio producto eléctrico, teniendo en cuenta el uso normal y las condiciones de mal uso razonablemente previsibles en términos de las especificadas en la norma específica del producto y la ausencia de riesgo inaceptable, y debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Protección contra descargas eléctricas
  • Protección contra riesgos mecánicos
  • protección contra explosiones
  • Peligros derivados de campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos, radiaciones ionizantes y no ionizantes
  • Protección contra perturbaciones eléctricas, magnéticas o electromagnéticas
  • Protección contra la radiación óptica
  • Protección contra incendios
  • Protección contra efectos térmicos
  • Protección contra el ruido audible
  • Protección contra efectos biológicos y químicos
  • Protección contra la emisión, producción y/o utilización de sustancias peligrosas
  • Protección contra los peligros derivados de un funcionamiento desatendido o incontrolado
  • Protección contra los peligros derivados de la conexión y desconexión del suministro eléctrico
  • Protección contra los peligros derivados de la combinación del producto con otros productos
  • Seguridad y fiabilidad funcional

Estos requisitos de seguridad se describen en detalle en el anexo de la norma (Anexo O).

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