(CE) Reglamento nº 1223/2009 sobre productos cosméticos
En el reglamento legal (CE) número 1223/2009 sobre productos cosméticos publicado por el Parlamento Europeo y el Consejo, se explican las normas que deben cumplir todos los productos cosméticos puestos en el mercado para asegurar el funcionamiento del mercado interior y la protección de la salud humana a un alto nivel en los países de la Unión Europea.
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A los efectos de la presente disposición legal,
- La expresión producto cosmético se refiere a cualquier sustancia o mezcla destinada a ser aplicada sobre las partes externas del cuerpo humano (piel, cabello, uñas, labios y genitales externos) o sobre los dientes. Esta sustancia y mezcla se utilizan principalmente para limpiar, perfumar, cambiar su apariencia, proteger, mantener en buen estado o corregir los olores corporales.
- El término sustancia significa un elemento químico y compuestos en su estado natural u obtenidos por cualquier proceso de fabricación, incluidos los aditivos necesarios para mantener su estabilidad y las impurezas resultantes del proceso utilizado, pero excluyendo cualquier solvente que pueda separarse sin afectar su estabilidad.
- La expresión mezcla se refiere a una composición o solución formada por dos o más sustancias.
- El término conservantes se refiere a sustancias en un producto cosmético que están destinadas principalmente a inhibir el crecimiento de microorganismos.
- El término colorantes se refiere principalmente a sustancias destinadas a colorear el producto cosmético, la totalidad o ciertas partes del cuerpo por absorción o reflexión de la luz visible.
Un producto cosmético comercializado debe ser seguro para la salud humana cuando se utiliza en condiciones de uso normales o razonablemente previsibles, en particular teniendo en cuenta:
- 87/357/CEEdpresentación que incluye el cumplimiento de la directiva
- etiquetado
- Instrucciones de uso y eliminación
- Cualquier otro indicio o información facilitada por el responsable identificado
La fabricación de productos cosméticos debe cumplir con las buenas prácticas de fabricación (BPM) para lograr los fines previstos en la presente disposición legal. Se asume el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación si la fabricación se ajusta a las normas armonizadas pertinentes.
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