
Las pruebas UN ECE R111 cubren una serie de pruebas realizadas de acuerdo con la normativa pertinente para evaluar los vehículos cisterna de las categorías N2, N3, O3 y O4 en términos de estabilidad en caso de vuelco.

Los reglamentos de la ECE definen reglamentos técnicos transfronterizos para establecer procedimientos de aprobación o aprobación uniforme para vehículos de motor y partes de vehículos de motor. Los vehículos comerciales automatizados ya son totalmente elegibles para la aprobación solo a través de las medidas individuales apropiadas en el país en el que se utilizarán. Lo que falta es un conjunto de reglas a nivel internacional de la CEPE.
El Reglamento n.º 111 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) cubre las disposiciones uniformes relativas a la aprobación de vehículos cisterna de categoría N y O en cuanto a estabilidad de balanceo y las pruebas aplicadas en consecuencia.
El presente Reglamento se aplica a la estabilidad antivuelco de los vehículos cisterna de las categorías N2, N3, O3 y O4 para el transporte de mercancías peligrosas.
El vehículo se someterá a las siguientes pruebas:
Los criterios que utilizan el anexo correspondiente (3 o 4) de este Reglamento deben cumplir una de las siguientes condiciones, sujeto al párrafo 5.1.2:
Dentro del alcance de la normativa, se realizan numerosas pruebas mecánicas, dinámicas y ambientales, así como mediciones para la homologación de los equipos correspondientes. Para que las pruebas se consideren exitosas, los resultados de las pruebas deben cumplir con los requisitos reglamentarios.
