
Las pruebas UN ECE R47 cubren una serie de pruebas realizadas de acuerdo con la normativa pertinente para la evaluación de motores de ciclomotores en términos de emisión de gases contaminantes.

Los reglamentos de la ECE definen reglamentos técnicos transfronterizos para establecer procedimientos de aprobación o aprobación uniforme para vehículos de motor y partes de vehículos de motor. Los vehículos comerciales automatizados ya son totalmente elegibles para la aprobación solo a través de las medidas individuales apropiadas en el país en el que se utilizarán. Lo que falta es un conjunto de reglas a nivel internacional de la CEPE.
Reglamento No. 47 (UN/ECE) de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas — Cubre las disposiciones uniformes relativas a la aprobación de ciclomotores equipados con un motor de encendido por chispa en relación con la emisión de gases contaminantes por el motor y las pruebas aplicadas en consecuencia.
El presente Reglamento se aplica a las emisiones de gases contaminantes procedentes de motores de encendido por chispa de vehículos de dos o tres ruedas con un peso en vacío inferior a 400 kg, una velocidad máxima por diseño de 50 km/h y una cilindrada no superior a 50 cm3.
Según el Reglamento, la homologación de un vehículo significa la homologación de un tipo de vehículo en lo que respecta a la limitación de las emisiones de gases contaminantes del motor. Los componentes que puedan afectar a la emisión de gases contaminantes deberán diseñarse, fabricarse e instalarse de manera que garanticen que el vehículo cumple con lo dispuesto en el presente Reglamento en uso normal, a pesar de las vibraciones a las que pueda estar sometido.
Dentro del alcance de la normativa, se realizan numerosas pruebas mecánicas, dinámicas y ambientales, así como mediciones para la homologación de los equipos correspondientes. Para que las pruebas se consideren exitosas, los resultados de las pruebas deben cumplir con los requisitos reglamentarios.
