
El Reglamento (CE) n.º 1272/2008 relativo a la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas, publicado en los países de la Unión Europea, modifica y deroga las directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE relativas a la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas. Mediante este reglamento, las directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE quedaron derogadas a partir del 1 de junio de 2015.
-1272-2008-sayili-maddelerin-ve-karisimlarin-siniflandirilmasi-etiketlenmesi-ve-paketlenmesi-(clp)-yonetmeligi.jpg)
Con este reglamento se armonizan los criterios de clasificación de sustancias y mezclas y las normas de etiquetado y envasado de sustancias y mezclas peligrosas. También se pretende establecer un inventario de clasificación y etiquetado de sustancias.
No obstante, los productos intermedios no aislados, los residuos, los medicamentos, los cosméticos, las materias primas para alimentos y piensos y las sustancias y mezclas radiactivas o sujetas a control especial o utilizadas para la investigación científica y no comercializadas quedan fuera del ámbito de aplicación de esta disposición legal. Este reglamento no se aplica al transporte de mercancías peligrosas por vía aérea, marítima, terrestre, ferroviaria o por vías navegables interiores, excepto el embalaje exterior, el embalaje interior y el etiquetado de embalaje único.
Dicho reglamento legal consta de las siguientes partes:
Entre los numerosos estudios de prueba, medición, análisis y evaluación que ha realizado para empresas de diversos sectores, nuestra organización, con su personal capacitado y experto y equipos tecnológicos avanzados, se prueba dentro del alcance de la (CE) 1272/2008 clasificación, etiquetado y envases (CLP) regulación de sustancias y mezclas.también presta servicios.
