
El reglamento legal (UE) 2020/1245 publicado en los países de la Unión Europea modifica el reglamento (UE) 10/2011 sobre materiales y sustancias plásticas destinadas a entrar en contacto con alimentos.
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Según este reglamento, se prevé un periodo transitorio para los materiales y objetos plásticos que cumplan con el reglamento (UE) 2020/1245, que estaba en vigor antes de la entrada en vigor del reglamento (UE) 10/2011.
A los efectos de esta disposición legal, algunos de los materiales que entran en contacto con alimentos ya están en contacto con alimentos. Estos son materiales que se espera razonablemente que entren en contacto con los alimentos o transfieran sus componentes a los alimentos en condiciones de uso normales o previsibles. Dado que los productos químicos pueden migrar de los materiales a los alimentos, se debe evaluar la seguridad de los materiales en contacto con los alimentos. Estos materiales son muy diversos.
Por ejemplo, puede ser plástico, cerámica, vidrio, silicona, papel y cartón, textiles, caucho, metal y aleación, revestimiento, esmalte, madera y bambú y otros. Estos materiales deben ser producidos de acuerdo con buenas prácticas de manufactura para no transferir sus componentes al alimento más allá de los límites prescritos. A saber,
El ámbito de aplicación de las normas legales (UE 10/2011 y (UE) 2020/1245 se determina de la siguiente manera:
Nuestra organización, entre los numerosos estudios de ensayo, medición, análisis y evaluación que ofrece a empresas de diversos sectores, también presta servicios de ensayo de materiales plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos (UE) 2020/1245, con su personal formado y experto y equipos tecnológicos avanzados.
