
El reglamento con el número 10/2011, publicado en los países de la Unión Europea, contiene el texto de la Agencia Europea de Medio Ambiente sobre materiales y sustancias plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos. Este reglamento describe los requisitos específicos para la fabricación y comercialización de materiales y artículos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos o que ya están en contacto o se espera que entren en contacto con alimentos a un nivel aceptable.

Dicha regulación se aplica a los siguientes tipos de materiales y artículos que se ofrecen a los consumidores en el mercado de la Unión Europea:
Sin embargo, los materiales y sustancias no cubiertos por este reglamento son: resinas de intercambio iónico, cauchos y siliconas.
Las regulaciones de la Unión Europea o nacionales aplicables a las tintas de impresión, adhesivos o recubrimientos siguen siendo válidas.
Dentro del alcance del reglamento numerado 10/2011, los materiales y artículos plásticos solo se pueden ofrecer a los consumidores en los siguientes casos:
En la producción de láminas de plástico para materiales y artículos de plástico, solo se podrán utilizar intencionadamente las sustancias incluidas en la lista de sustancias permitidas que figura en el anexo de este reglamento.
Entre los numerosos estudios de ensayo, medición, análisis y evaluación que ofrece a las empresas de diversos sectores, nuestra organización ofrece los servicios de ensayo necesarios en el ámbito del Reglamento de la Unión Europea sobre materiales y artículos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, numerado 10/2011 , con su personal capacitado y experto y con equipos tecnológicos avanzados.
