SASO-GSO-97 Vehículos de motor - Cinturones de seguridad
La norma “SASO-GSO-97 Vehículos de motor - Cinturones de seguridad” publicada por la Organización Saudita de Normas, Metrología y Calidad (SASO) describe los requisitos para los conjuntos de cinturones de seguridad para adultos que se utilizarán en vehículos de motor.

Los requisitos de esta norma se establecen de la siguiente manera:
- Requisitos generales:
- El conjunto debe constar de una correa, una hebilla, dispositivos de ajuste, un mecanismo de rebobinado y piezas de conexión.
- Un dispositivo de cinturón de seguridad debe estar diseñado y fabricado para reducir el riesgo de lesiones corporales en caso de accidente o colisión cuando se usa correctamente.
- El dispositivo del cinturón de seguridad debe estar diseñado para ser utilizado por una sola persona a la vez.
- El diseño del dispositivo debe ser tal que no cause lesiones graves al usuario en caso de colisión.
- El dispositivo debe ser tal que la fuerza aplicada a la región pélvica durante una desaceleración repentina se dirija hacia abajo y hacia atrás y que las cargas en la parte del hombro del cinturón no tiendan a tirar de la parte del regazo del cinturón hacia arriba.
- Los herrajes deben estar libres de rebabas y bordes afilados y deben ubicarse en el dispositivo de manera que minimicen la posibilidad de lesiones al usuario.
- El dispositivo de ajuste debe ser fácilmente ajustable y accesible para el usuario. La fuerza de accionamiento no debe superar los 50 N.
- La hebilla u otro dispositivo de liberación debe estar ubicado de manera que pueda ser liberado por separado por el usuario con ambas manos y, en caso de emergencia, por cualquier otra persona, y debe estar diseñado para eliminar cualquier posibilidad de mal uso.
- Los extremos de la correa en el conjunto deben estar protegidos o tratados para evitar que se desenrollen.
- Cuando el cinturón de seguridad del conductor no esté abrochado y la llave de contacto esté en la posición de encendido, se activará un sistema de advertencia durante al menos cuatro segundos. La advertencia debe consistir en una señal sonora continua o intermitente, o una luz de advertencia continua o intermitente visible para el conductor en el tablero, que indique "Abróchese el cinturón" u otro indicador.
- Correa:
- La carga de rotura debe ser al menos 14,7 kN.
- Cuando se somete a una carga de 9,8 kN durante la prueba de resistencia a la rotura especificada, el ancho del cinturón debe ser de al menos 46 mm para el cinturón de regazo y de al menos 43 mm para el cinturón diagonal.
- La resistencia a la rotura de la correa no deberá ser inferior al valor especificado anteriormente después de cada una de las siguientes condiciones:
- Almacenamiento a una temperatura de 60 grados más/menos 5 grados y una humedad relativa del 65 por ciento más/menos 5 por ciento durante 3 horas.
- Remojar en agua destilada durante 3 horas.
- Exposición a la luz de arco de carbón durante 100 horas.
- Pasando sobre una barra hexagonal 2500 veces.
- Conservar en ambiente frío a menos 30 grados más/menos 5 grados durante 2 horas.
- La absorción de energía de la correa debe ser de al menos 800 Nm y la energía proporcional irreversible no debe ser inferior al 50 por ciento de la energía total absorbida cuando se somete a una carga de 11,08 kN.
- Corchete:
- Todas las piezas metálicas deben estar fabricadas con material resistente a la corrosión o estar protegidas adecuadamente contra la corrosión.
- El ancho de la hebilla de seguridad no debe ser menor que el ancho del cinturón y el ancho de la superficie de contacto de la hebilla no debe ser menor a 46 mm.
- Debe estar diseñado de manera que pueda abrirse fácilmente con una mano del pasajero y también puede ser abierto fácilmente por otras personas en caso de emergencia.
- Debe estar diseñado para evitar la apertura accidental y debe soportar operaciones repetidas.
- Debe ser del tipo de liberación rápida y no debe permitir un enganche parcial desenganchándose cuando se aplica una carga inferior a 23 N.
- Los pulsadores diseñados para la liberación rápida de hebillas de tipo cerrado y no cerrado deben tener una superficie mínima de 450 mm2 y 250 mm2 y una dimensión lineal mínima de 15 mm y 10 mm respectivamente.
- La hebilla de fijación no debe romperse ni dañarse bajo una carga inferior a 9,8 kN.
- Prueba de rendimiento:
- Dinámico: El equipo debe estar libre de cualquier daño o corte y el desplazamiento máximo hacia adelante del maniquí no debe exceder los 200 mm a la altura del regazo para cinturones de regazo y los 300 mm a la altura del pecho para cinturones diagonales.
- Estático: Se deben cumplir los siguientes requisitos cuando el conjunto esté sometido a una carga estática de 17,6 kN.
- No debe haber daños ni cortes.
- El desplazamiento máximo hacia delante del maniquí no debe superar los 200 mm a la altura del regazo para los cinturones de regazo y los 300 mm a la altura del pecho para los cinturones diagonales.
- El deslizamiento de la correa entre hebillas o dispositivos de ajuste no debe superar los 25 mm para cada hebilla o los 50 mm para el conjunto.
- Cuando el conjunto esté sometido a una carga de 685 más/menos 50 N, la fuerza necesaria para liberar la hebilla de fijación durante la prueba estática no deberá superar los 140 N.
- Cualquier otro método equivalente a los indicados anteriormente será aceptable.
- Dispositivo de retracción:
- Los dispositivos retráctiles deben cumplir los requisitos especificados a continuación después de ser sometidos a pruebas de durabilidad del conjunto, pruebas de corrosión y pruebas de impacto de polvo.
- Apertura manual del retractor:
- El cinturón no debe moverse más de 25 mm entre las posiciones de bloqueo del retractor.
- La correa no debe estirarse más de 6 mm de su longitud máxima cuando se aplica una tensión de 14 N a 22 N en la dirección de tracción normal.
- Dispositivo de retracción con bloqueo automático:
- El cinturón no debe moverse más de 30 mm entre las posiciones de bloqueo del retractor.
- Si el retractor forma parte de un cinturón de regazo, la fuerza de retracción del cinturón no debe ser inferior a 7 N.
- Si el retractor forma parte de un cinturón diagonal, la fuerza de retracción del cinturón no debe ser inferior a 2 N ni superior a 7 N.
- Rebobinado con bloqueo de emergencia:
- Debe bloquearse cuando la desaceleración del vehículo sea de 6,8 m/s2 o menos.
- No debe bloquearse cuando la aceleración de la correa medida en la dirección en la que se retira la correa sea inferior a 7,8 m/s2.
- Si el retractor forma parte de un cinturón de regazo, la fuerza de retracción del cinturón no debe ser inferior a 7 N.
- Si el retractor forma parte de un cinturón diagonal, la fuerza de rebobinado del cinturón no debe ser inferior a 2 N ni superior a 7 N.
- El diseño del rebobinador debe ser tal que, cuando su funcionamiento dependa de una fuente de energía externa, se bloquee automáticamente en caso de fallo o interrupción de esta fuente de energía.
La norma SASO-GSO-97 es importante porque regula el etiquetado de productos alimenticios preenvasados en los países del Consejo de Cooperación del Golfo, que incluyen a Arabia Saudita, los Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Bahréin, Omán y Qatar.
Esta norma se considera importante por las siguientes razones:
- Protección del consumidor: Esta norma garantiza la transparencia al exigir que las etiquetas incluyan información crucial como ingredientes, alérgenos, fecha de caducidad, país de origen y valores nutricionales. Esto ayuda a los consumidores, especialmente a quienes tienen restricciones dietéticas o alergias, a tomar decisiones informadas y seguras.
- Cumplimiento normativo: Esta norma es un requisito obligatorio para la venta de alimentos preenvasados en los mercados del CCG. Los importadores y fabricantes deben cumplirla para evitar multas, retiradas de productos y prohibiciones de comercialización.
- Facilitación del comercio: Reduce la complejidad para los exportadores de alimentos al proporcionar un marco de etiquetado armonizado en los países del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG). Promueve un comercio transfronterizo más fluido dentro de la región.
- Estandarización del etiquetado: Garantiza la coherencia en el formato, el lenguaje y el contenido de las etiquetas de alimentos. Ayuda a minoristas y organismos reguladores a identificar fácilmente productos falsificados o que no cumplen con las normas.
- Trazabilidad y rendición de cuentas: Las etiquetas deben incluir información del fabricante o distribuidor, números de lote y fechas de producción. Esto facilita la retirada de productos del mercado y las medidas de control en caso de problemas de seguridad.
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